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Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)


Nevada tiene leyes laborales que tratan específicamente con personas discapacitadas y siguen la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, también conocida como ADA.

Según la ADA, los empleadores deben proporcionar adaptaciones razonables a un empleado con una discapacidad calificada, siempre que hacerlo no cause al empleador ninguna dificultad indebida con respecto a la operación de su negocio. Una carga excesiva según las leyes laborales de Nevada constituiría una acción increíblemente costosa o difícil si se considera el tamaño de la empresa, la estructura y naturaleza de su operación diaria y el alcance de sus recursos financieros.

Según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, el empleador no tiene que reducir sus estándares de producción o calidad para dar cabida a una persona discapacitada, ni está obligado a proporcionarle artículos para uso personal, como audífonos, bastones, o gafas.

Hay varias adaptaciones diferentes de la ADA que una persona discapacitada puede solicitar oficialmente a su empleador según las leyes laborales de Nevada y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, que incluyen:

  • Modificar las funciones laborales del empleado.
  • Reestructurar el trabajo del empleado para adaptarse a su discapacidad.
  • Solicitar que se proporcione una posición vacante equivalente
  • Solicitar reducción de jornada
  • Solicitar un período de tiempo indefinido para excederse según sea necesario debido a su discapacidad

Estas adaptaciones se consideran razonables siempre que no se impongan dificultades innecesarias a la empresa por proporcionar cualquiera de ellas. Para solicitar una de estas adaptaciones, o cualquier otra adaptación razonable, el empleado debe presentar una solicitud formal por escrito al empleador. La solicitud escrita puede hacer referencia a la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y a las leyes laborales estatales que siguen la ADA.

Los empleadores que deben seguir las leyes laborales de Nevada y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades son aquellos que tienen un mínimo de 15 empleados y reciben algún tipo de asistencia financiera del gobierno federal.

Según las leyes laborales de Nevada y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, un empleado se considera discapacitado si:

  • Tienen un impedimento, ya sea mental o físico, que limita al menos una función importante de la vida.
  • Otros creen que están deteriorados.
  • Tienen evidencia documentada de estar deteriorados.

Si un empleado le pide a un empleador que proporcione ciertas adaptaciones para una discapacidad, probablemente tendrá que revelar suficiente información sobre la discapacidad para tener una conversación y una relación interactiva sobre la discapacidad y cómo adaptarse mejor a ella. Definitivamente será necesario revelar y discutir la calidad y el alcance de las limitaciones del empleado. Si es necesario, es posible que el empleado deba proporcionar documentación de la discapacidad.

La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) maneja quejas relacionadas con empleadores que no siguen las leyes laborales de Nevada o la Ley de Estadounidenses con Discapacidades. En Nevada, la EEOC está ubicada en 333 Las Vegas Blvd. Sur, Ste. 8112, Las Vegas, Nevada. Su número de teléfono es (702) 388-5094 o (800) 669-4000 para personas que no son residentes del Condado de Clark. Están abiertos de lunes a viernes de 8:00 am a 4:30 pm. Un empleado también puede comunicarse con la Comisión de Igualdad de Derechos de Nevada ubicada en 1820 E. Sahara Ave., Suite 314, Las Vegas, Nevada, (702) 486-7161 . El empleado tiene 300 días a partir de la fecha en que cree que ocurrió el acto discriminatorio para presentar una denuncia.